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DGSA realizó cambios en el protocolo de comercialización y producción de semillas y plantines de cáñamo
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  • DGSA realizó cambios en el protocolo de comercialización y producción de semillas y plantines de cáñamo

  • La Dirección General de los Servicios Agrícolas (DGSA) emitió un comunicado dirigido a propietarios de viveros e importadores de semillas para venta en el mercado local, donde recuerda que se debe contar con el análisis técnico de un ingeniero agrónomo. Para la producción y comercialización de material de propagación de cáñamo, además de las disposiciones específicas respecto a Cannabis (IRCCA, MGAP, MSP, etc.), se debe tener presente la normativa en materia de semillas. Estos requisitos hacen a las garantías y responsabilidades en la compra-venta de materiales de propagación.

    Entre los requisitos solicitados se indica que las facturas y remitos de cualquier material de propagación (semillas, plantines, etc.), además de los datos requeridos en las formalidades de cualquier factura y remito, deben contener (por la normativa de semillas), como mínimo el nombre del comprador, nombre común de la especie, nombre del cultivar como figura en el Registro Nacional de Cultivares (RNC), número del lote, cantidad de semillas y/o plantines. Además los rótulos de los envases y/o bandejas de plantines deben contener como mínimo los datos de la empresa vendedora, nombre y número de inscripción en el Registro General de Semilleristas (RGS), nombre científico de la especie y nombre común, nombre del cultivar según figura en el RNC, clase y categoría de la semilla, número de lote nacional o número de gestión de importación (si la semilla es importada), país de origen (si la semilla es importada), número de semillas y/o kilos, o número de plantines y datos de análisis (si se trata de semilla) de acuerdo al estándar de producción y comercialización de cáñamo Respecto a los envases, deben estar cerrados de tal forma de garantizar la inviolabilidad (precinto, costura a través del rótulo o sistemas similares). El comprador debe verificar esta condición, dado que es su garantía para un eventual reclamo. En el caso de utilizar un precinto, debe estar numerado y esa numeración incluirse en el rótulo. Las semillas deben permanecer en sus envases originales y en caso de que se proceda al fraccionamiento del lote original, cada nuevo envase deberá cumplir con las condiciones generales definidas anteriormente, agregando la fecha de fraccionamiento y garantizando la inviolabilidad de cada uno de los nuevos envases.

  • 07 Jul 2022

  • tardaguila.com.uy